La obligación es suya, no del software
Quien publica la propiedad asume la obligación de divulgación. No la herramienta de edición, ni el fotógrafo que realizó la alteración, ni el MLS. Vale la pena afirmarlo claramente porque la mayoría de las herramientas de esta categoría se venden como si su compra eximiera de algo. No es así. Lo que una herramienta puede hacer es que cumplir con la obligación resulte económico.
Lo que una regla pide realmente
El error común es leer estas reglas como un requisito de etiquetado. Varias de ellas no lo son. El §10140.8 solicita una declaración visible y un enlace a una página que muestre el original. Canopy MLS solicita que la imagen inalterada se sitúe inmediatamente antes o después de la editada en la secuencia de fotos. SDMLS indica que el etiquetado por sí solo no es suficiente y solicita que el original se cargue de forma adyacente a la imagen alterada.
Tres reglas diferentes, una exigencia compartida: presentar el original. Una etiqueta por sí sola no satisface ninguna de ellas.
Donde decimos que no sabemos
Diez MLS principales restringen sus reglamentos a los miembros: Bright MLS, NWMLS, NTREIS, MetroList, Georgia MLS, FMLS, MLSListings, SABOR, Realtracs y REBNY. No hemos leído el texto actual de estos, por lo que esas filas están marcadas como no verificadas en lugar de completarse a partir de la publicación del blog de un competidor. Varias herramientas en esta categoría publican tablas de multas por MLS que no aparecen en ningún reglamento que podamos encontrar. Ser precisos es el propósito fundamental de este producto.